Proceso participativo para la elaboración de una nueva ordenanza del mercado semanal no sedentario de Viladecans.
subtítulo
Acerca de este proceso
Con el objetivo de asegurar la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la modificación de la ordenanza del mercado semanal de venta no sedentaria de Viladecans y de acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se lleva a cabo una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza, para recoger opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.
El 22 de junio de 2017 quedó aprobada definitivamente la Ordenanza Reguladora del mercado semanal de venta no sedentaria de Viladecans vigente actualmente.
La Ordenanza establece que la venta no sedentaria se realiza, en espacios o vías de titularidad pública, fuera de un establecimiento comercial permanente, de manera periódica y preestablecida a lo largo de todo el año, en los perímetros y en los lugares debidamente autorizados , en instalaciones comerciales desmontables o transportables, y en los términos y condiciones establecidos en el DL 1/1993 de 9 de marzo sobre comercio interior y en el Decreto 162/2015, de 14 de julio, de venta no sedentaria en mercados de marchantes. Son aplicables a la venta no sedentaria el principio de libertad de empresa, reconocido en la Constitución, y los principios de libertad de prestación de servicios y de establecimiento, desarrollados en la Directiva 2006/123 / CE, de 12 de diciembre, del Parlamento y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, delimitados entre otras razones de interés general, por la protección de los derechos de los consumidores / as, y de la salud pública, las exigencias de la buena fe en las transacciones comercial y la protección del medio ambiente y del entorno urbano.
Posteriormente, la Generalidad de Cataluña, con la publicación de la Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias, incluye a los Mercados de Venta no Sedentarios, afectando sobre todo los temas relativos a las transmisiones.
En estos momentos en nuestra ordenanza no tenemos recogidas las nuevas indicaciones de la ley 18/2017, especialmente en materia de transmisiones. Además se aprovecharía la actualización de la ordenanza para analizar el mix comercial y concretar nuevas actuaciones a medio plazo para adecuarlo a las necesidades que tenemos ahora en nuestra ciudad, así como para reordenar paradas y / o reubicarlas .
Y por eso se pone en marcha un proceso participativo para que los ciudadanos y las organizaciones que lo consideren oportuno, puedan aportar sus opiniones sobre los aspectos planteados en la encuesta, por el período de 2 meses, Agosto excluido, a contar desde del día siguiente a su publicación en la plataforma DECIDIM
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